TREINTA AÑOS
DE VIGENCIA DEL TRATADO ANTARTICO
Sello nº 1544-1545
El día 2 de
mayo de 1958, el Presidente de Estados Unidos de América,
Dwight D. Eisenhower envió una nota a las naciones
que participaban en investigaciones científicas en
el Continente Antártico, con ocasión del Año
Geofísico Internacional 1957-1958, en ella se invitaba a una conferencia y se hacían proposiciones fundamentales
sobre la firma de un eventual Tratado Antártico. La
proposición norteamericana tuvo buena acogida y la
Conferencia se celebró en Washington D.C. desde el
15 octubre hasta el 1º de diciembre de 1959, fecha en
que el Tratado, que consta de catorce Artículos, fue
firmado por los siguientes 12 países: Argentina, Australia,
Bélgica, Chile, Francia, Japón, Nueva Zelandia,
Noruega, República de Sudáfrica, Unión
Soviética, Reino Unido e Irlanda del Norte y Estados
Unidos de América. Posteriormente, tras ser ratificado
por estos mismos países entró en vigencia el
23 de junio de 1961.
Una de las disposiciones
del Tratado, estipula que la Antártica deberá
ser utilizada exclusivamente para propósitos pacíficos
y no llegar a ser escenario u objeto de discordia internacional.
Por ello se prohíben las maniobras militares, las explosiones
nucleares y la eliminación de desechos radiactivos,
constituyéndose en el primer acuerdo internacional
que prohíbe tales actividades en un territorio.
En su Artículo IV
se establece un statu quo, disponiendo que el Tratado no afectará
los derechos de soberanía de las Partes Contratantes
o sus reclamaciones que hayan hecho valer precedentemente;
no perjudicará la posición de cualquiera de
las partes contratantes, en lo concerniente a su reconocimiento
o no reconocimiento del derecho de soberanía territorial,
de una reclamación o fundamento de reclamación
de soberanía territorial de cualquier otro estado en
la Antártica. No se harán nuevas reclamaciones
de soberanía territorial en la Antártica, ni
se ampliará las anteriormente hechas valer, mientras
el Tratado se halle en vigencia.
Este documento está
abierto a la adhesión de cualquier Estado miembro de
las Naciones Unidas o de otro cualquier Estado que pueda ser
invitado a adherirse al Tratado con el consentimiento de todas
las Partes Contratantes. Los Estados Adherentes sólo
podrán lograr carácter Consultivo, después
de demostrar su interés en la Antártica mediante
la realización en ella de investigaciones científicas
importantes, como el establecimiento de una estación
o el envío de una expedición científica.
En virtud de lo anterior, a la fecha existen 26 miembros Consultivos
y 13 Adherentes.
El Artículo XII dispone,
que si, después de expirar 30 años, contados
desde la fecha de entrada en vigencia del presente Tratado,
cualquiera de las Partes Contratantes, cuyos representantes
están facultados a participar en las reuniones previstas
en el Artículo IX, así lo solicita, mediante
una comunicación dirigida al gobierno depositario (Estados
Unidos de América), se celebrará, en el menor
plazo posible, una conferencia de todas las Partes Contratantes
para revisar el funcionamiento del Tratado.
Toda modificación
o enmienda al Tratado, aprobada en tal conferencia por la
mayoría e las Partes Contratantes, se comunicará
a todas ellas por el Gobierno depositario, inmediatamente
después de finalizar la conferencia. Tal modificación
o enmienda entrará en vigencia cuando el gobierno depositario,
haya sido notificado por la totalidad de dichas Partes Contratantes
que las han ratificado.
Si la modificación
o enmienda no hubiere entrado en vigencia de conformidad con
lo dispuesto anteriormente, dentro de un período de
dos años, contados desde la fecha de su comunicación
a todas las Partes Contratantes, cualquiera de ellas podrá,
en cualquier momento, después de la expiración
de dicho plazo, informar al gobierno depositario, que ha dejado
de ser parte del Tratado Antártico y su retiro tendrá
efecto dos años después que el gobierno depositario
haya recibido esta notificación.
A juicio de los expertos,
el Tratado Antártico se ha erigido en una pieza fundamental
del Derecho Internacional, conquistando hasta el momento todos
los objetivos propuestos. De ellos, el más preciado
por la humanidad: el de hacer del Continente Antártico
una tierra promisoria de paz y confraternidad.
Precisamente esto, es
lo que hoy se conmemora con la emisión de dos sellos
- uno referido a la ciencia y otro a la fauna antártica
- al cumplirse el trigésimo aniversario del Tratado
Antártico. |